
Es muy habitual confundir los términos traducción jurídica y traducción jurada, dado que pertenecen a la misma familia léxica; sin embargo, se trata de dos conceptos distintos, y hoy te vamos a explicar cuáles son las principales diferencias entre ambos.
¿Qué es la traducción jurídica?
Por una parte, la traducción jurídica consiste en la traducción de cualquier documento de carácter legal, ya sea público o privado. Estos documentos pueden ser actas legales, acuerdos, contratos, escrituras, sentencias, demandas, etc. La traducción jurídica es, por tanto, una rama de traducción especializada que emplea terminología específica del ámbito legal y que requiere que los traductores que trabajan con textos jurídicos cuenten, además de con la correspondiente competencia traductora, con la competencia temática y cultural (conocimiento enciclopédico) sobre los conceptos y sistemas jurídicos propios de las culturas implicadas (cultura origen y cultura meta).
¿Qué es la traducción jurada?
Por otra parte, la traducción jurada es un tipo de traducción aplicable a textos de diversa temática. El traductor jurado, acreditado por una instancia oficial (el Ministerio de Asuntos Exteriores en España), puede realizar una traducción jurada de cualquier tipo de documento, desde textos jurídicos hasta textos médicos, textos técnicos, manuales, homologación de títulos extranjeros, etc.
El traductor jurado obtiene un título (en España, a través de un examen oficial) que le da el poder de certificar o jurar la fidelidad de la traducción respecto al texto original. Sin embargo, no es tarea del traductor jurado certificar la veracidad del documento que traduce; únicamente jura que su traducción es fiel al sentido del texto original.
Las traducciones juradas suelen ser necesarias por exigencia de determinadas autoridades en ciertos trámites y, en menor medida, por exigencia de un cliente particular solo por motivos de seguridad.
Entonces, ¿qué hace que una traducción sea jurada?
- Formato
Siempre debe estar certificada por un traductor jurado. Por ello, al considerarse un documento oficial, se entrega en formato papel (se recomienda el papel timbrado) y es muy posible que quien la reciba solo acepte la copia original de la traducción en papel. Sin embargo, a raíz de la pandemia, se aprueba el Real Decreto 724/2020, de 4 de agosto, en el que se habla de la futura publicación de una orden ministerial que establecerá los requisitos y especificaciones para el uso de la firma electrónica y el sello electrónico.
- Firma y sello originales
Siempre debe llevar la firma y el sello del traductor jurado verificados por el Ministerio para el ejercicio de la actividad.
- Fecha de expedición y copia del texto original
La traducción debe ir acompañada de una copia del texto original, que también ha de llevar el sello del traductor jurado y estar fechada para comprobar la autenticidad del original.
¡Eso es todo, amigos! Esperamos haber aclarado las posibles dudas.
¡Nos leemos en la próxima entrada!
Eliana Vaz